Sesión Virtual del Consejo Superior Universitario 16/04
Conforme al calendario del mes de abril se desarrolló el día de hoy, 16 de abril la sesión del Consejo Superior Universitario (CSU).
Tras aprobarse el Orden del Día, el Secretario General de la institución Abg., Néstor Ibáñez dio lectura a las correspondencias recibidas.
En este punto se ha dado lectura a las notas remitidas al Consejo Nacional de Telecomunicaciones – CONATEL como al Ministerio de Tecnología de la Información y Comunicación – MITIC en el mismo tenor en las cuales se solicita sus buenas gestiones para que los estudiantes y docentes puedan acceder a la exoneración o reducción del costo de internet; siendo este recurso vital para el avance de los contenidos académicos, considerando que contamos con 7 (siete) Facultades y 1 (una) Escuela de Posgrado, que cuentan con carreras de grado en filiales del Departamento de Itapúa, como Coronel Bogado, San Pedro del Paraná, Artigas, Natalio, María Auxiliadora y Mayor Otaño.
El MITIC a través de la Nota MITIC-SE Nº 431/2020, ha dado respuesta a la nota presentada expresando lo siguiente “En este sentido, y en virtud a que el MITIC no cuenta dentro de sus atribuciones con la posibilidad de exonerar o reducir los costos de internet, ya que no es proveedor de dicho servicio, se solicita establecer una mesa de trabajo con la CONATEL como instancia técnica encargada de las telecomunicaciones, para identificar detalles técnicos necesarios que permitan al MITIC, posteriormente solicitar a las operadoras de telefonía móvil el estudio sobre la factibilidad de proceder a la liberación gratuita de sitios específicos en donde se encuentren alojados los contenidos”.
En otro punto, se presentó el Reglamento de Educación Virtual, elaborado por el equipo conformado por la Dirección General Académica de Investigación y Posgrado y las Direcciones Académicas del Rectorado y de las Unidades Académicas; este reglamento tiene como objetivo establecer las normativas de los procesos de enseñanza – aprendizaje que se apoyen en el aula virtual a modo de sustituir temporalmente las clases presenciales, a través del uso de herramientas tecnológicas digitales que garanticen la igualdad de oportunidades del acceso a clases desde el lugar geográfico en que se encuentre el estudiante. El presente reglamento estará vigente mientras dure la Emergencia Sanitaria, para el cursillo preparatorio de Admisión o Ingreso, Cursos de Pregrado, Carreras de Grado y Programas de Postgrado, de la Universidad Nacional de Itapúa. El cual luego del análisis pertinente fue aprobado.
Por otra parte en el marco del informe del Rectorado, la Dra. Nelly Monges de Insfrán, presentó como propuesta el Diseño de Mecanismos de Inclusión para Estudiantes sin Acceso a Internet, en el marco de las medidas académicas adoptadas frente al impacto del COVID-19, aplicado de forma exclusiva para los estudiantes que no cuentan con acceso o conectividad a internet y no logren acceder a las clases virtuales en el periodo que dure la cuarentena o se dé el regreso a las clases presenciales; parte del fundamento expresado se mencionan los siguientes: la aplicación de toma de datos y encuestas tanto institucionales como por organizaciones de presentación estudiantil; las que han evidenciado distintos aspectos, pero las de mayor efecto corresponde al acceso a internet de forma permanente como de la calidad de la conexión, siendo entre un 25 a 30% los estudiantes que por razones de acceso, conectividad o económica no podrá acompañar de manera adecuada las clases virtuales que se encuentran desarrollando en sus carreras; la realización de importantes esfuerzos por capacitar tanto a docentes, funcionarios como estudiantes en el uso eficiente y adecuado de las herramientas digitales adoptadas, comprendiendo que este es un proceso de adaptación conjunta, el cual ha sido aplicado en corto un tiempo, exigiendo compromiso de todos los estamentos de nuestra comunidad educativa; el informe de referencia, la UNESCO, establece principios como marco de referencia, de los cuales describimos los siguientes como fundamento para hacer frente a la crisis que hoy las IES afrontamos, y son “1. Asegurar el derecho a la educación superior de todas las personas en un marco de igualdad de oportunidades y de no-discriminación es la primera prioridad y, por consiguiente, todas las decisiones políticas que afecten, directa o indirectamente, al sector de la educación superior deberían estar presididas por este derecho”; “2. No dejar a ningún estudiante atrás, en línea con el propósito principal de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de Naciones Unidas. La crisis impacta en grado distinto a los diferentes perfiles de estudiantes, pero es innegable que la profundización de las desigualdades existentes y genera otras nuevas” y “3. Revisar los marcos normativos y las políticas en curso, para asegurar medidas estructurales que entiendan la educación como un continuo donde las trayectorias educativas deben ser fortalecidas desde la primera infancia hasta la educación superior y más allá, para minimizar así la fragilidad de los estudiantes más vulnerables que llegan a la educación superior”; estos principios requieren de contar con los mecanismos para atender, orientar, contener y brindar alternativas a nuestros estudiantes que les permita ser considerados e incluidos en todos los procesos académicos de los cuales por la limitación de acceso o conectividad verificable, no hayan logrado participar de las clases virtuales, a dicho efecto corresponde diseñar un mecanismo unificado que permita “no dejar atrás a ningún estudiantes” que desee proseguir sus estudios. Luego de las consideraciones pertinentes el mismo fue aprobado quedando a cargo de las Unidades Académicas su aplicación conforme a los requerimientos del mismo.