Importante charla sobre renta personal en la UNI
A través de la empresa COMECIPAR y la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de la UNI se llevó a cabo una importante charla sobre el impuesto a la renta personal.
La misma se realizó en el Aula Magna del bloque de la Escuela de posgrado hoy 24 de mayo, con una nutrida concurrencia de directivos, estudiantes y docentes del área de la administración y la economía.
El expositor, Cayo Alberto Busto es Contador, Abogado, Perito Contable de la Corte Suprema de Justicia, Auditor Externo Impositivo en la Sub Secretaría de Estado de Tributación, éste abordó ampliamente aspectos referidos al impuesto a la renta personal , o IRP, que es el impuesto que grava las rentas que provengan del ejercicio de actividades que generan ingresos personales. Su ejercicio fiscal coincide con el año civil, es decir, es un impuesto anual. La liquidación y pago se deben realizar sobre los ingresos totales percibidos (salarios, remuneraciones extraordinarias y adicionales, bonificaciones, jornales, sobresueldos, viáticos, honorarios, comisiones, premios, entre otros).
Realizó también una descripción de las disposiciones legales que la regulan y algunas precisiones conceptuales sobre la inscripción obligatoria al IRP.
Se refirió a las sociedades simples (estudios jurídicos, contables y otros) que son contribuyentes del IRP, sin importar el monto de sus ingresos. El rango no incidido se va reduciendo gradualmente cada año en un monto equivalente a 12 salarios mínimos anuales, como parte del proceso de implementación del impuesto, que se inició en agosto de 2012, con una base de 120 salarios mínimos.
En el año 2017 pasaron a ser contribuyentes aquellas personas con ingresos de más de 60 salarios mínimos, equivalentes a G. 117.870.420, y en el 2019 se cerrará el proceso incorporando a quienes ganan 36 salarios mínimos (G. 73.480.428 en 12 meses), es decir, 6.123.369 gs.
De acuerdo a la Ley Nº 2421/04, que crea este tributo, los que ganan por debajo de este último monto no llegarán a ser contribuyentes del IRP.
Fuente: DCOM
Fuente: DCOM