Los estudiantes y egresados de la Facultad de Ciencias y Tecnología (FaCyT)–Ingeniería en Alimentos- y tecnólogos en alimentos de la Universidad Nacional de Itapúa, están de parabienes, la Presidencia de la República –Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social- por Decreto número 7.634 DECRETO7634_7783s4w3 de fecha 28 de agosto de 2017 reglamenta el artículo 162 de la Ley Nº 836/ 1980, Código Sanitario, donde se establecen los requisitos y las condiciones para el ejercicio de la Dirección Técnica de Establecimientos de Productos Alimenticios y Servicios de Alimentación, y sus Obligaciones; y se abroga al derecho Nº 898, de fecha 20 de noviembre de 2008. Visto, la presentación radicada por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, a través de su órgano dependiente, el Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN), mediante la cual solicita la reglamentación del Artículo 162 de la Ley Nº 836/1980, Código Sanitario y la abrogación del Decreto Nº 898/2008 (Cexter 3837/20017), el Presidente de la República Decreta: Artículo 1º Reglaméntese el artículo 162 de la Ley Nº 836/1980, Código Sanitario, y establécese los requisitos y condiciones requeridos para el ejercicio de la dirección técnica de los establecimientos de alimentos y sus obligaciones. Y, Artículo 2º) Dispónese que los establecimientos de productos alimenticios y los servicios de alimentación deben contar obligatoriamente para su funcionamiento con un Director Técnico, responsable de la Implementación y Control de los sistemas de calidad e inocuidad de los alimentos que sean producidos, fraccionados, importados o comercializados por los mismos.
Dicho Decreto por el Artículo 4º, se establece que podrán ejercer la Dirección Técnica de un establecimiento de productos alimenticios o de Servicios de Alimentación, conforme a su perfil los profesionales: Tecnólogos de Alimentos; Licenciados en Tecnología de Alimentos, Licenciados en Ciencias y Tecnología de Alimentos, Ingenieros en Alimentos, Ingenieros en Tecnología de Alimentos, Licenciados en Química y Tecnología de Alimentos, Doctores en Química Industrial, Licenciados, Licenciados en Química Industrial, Ingenieros Químicos, Licenciados en Ciencias y Tecnología de la Producción Aplicada a los Alimentos.
Este Decreto Presidencial refrendado por el Presidente de la República Horacio Cartes, abre un excelente campo laboral para los estudiantes y egresados Ingenieros en Alimentos y Tecnólogos en Alimentos, teniendo en cuenta que los egresados de la Facultad de Ciencias y Tecnología (FaCyT) de la Universidad Nacional de Itapúa tienen un excelente perfil de salida, con capacidad y competencias para desenvolverse tanto en empresas privadas y/o públicas relacionadas a la Implementación y Control de los sistemas de calidad e inocuidad de los alimentos.
Los comentarios estan cerrados.