Archivo de noticias emitidas por la Universidad Nacional de Itapúa
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El juez debe actuar como “un león muy poderoso”, pero enjaulado tras las rejas de la constitución y de las leyes (*)
![]() Dr.Francisco Carlos Cecchini, abogado juez y profesor universitario. |
El mencionado profesional, compartió una jornada en el marco del Postgrado de Ciencias Jurídicas, que se desarrolló en el Campus Universitario, específicamente en el salón de sesiones del Consejo Superior Universitario.
-¿Cómo puede resumir el encuentro que tuvo con los participantes del Postgrado en Ciencias Jurídicas?
-El tema “LAS MEDIDAS CAUTELARES EN EL DERECHO EN GENERAL” en su amplitud, fue la desarrollada por el visitante, es decir las que están reguladas en los códigos, en su forma clásica compartimos con los alumnos, y de otras medidas que sin ser cautelares pero que sí se despachan frente a la urgencia. La palabra “CAUTELAR” significa “asegurar” preservar para el futuro determinadas situaciones de hecho que permitan que la sentencia que se va a dictar sea ejecutable. En tanto entre las otras medidas que no son cautelares, se despachan ante una situación de urgencia, tales como por ejemplo los alimentos provisorios, en materia de relaciones de familia o las llamadas hoy medidas autosatisfactivas que tienden a consolidar un derecho que es casi evidente sin necesidad de una prolongación excesiva de un proceso, es decir una respuesta jurisdiccional oportuna, que la gente tenga una respuesta del juez que sea oportuna y que no dependa de la sustanciación de un largo proceso.
¿Qué preguntas hicieron los participantes?
.Uno de los intervinientes, interrogó si en este tipo de medidas urgentes que no son cautelares se requería un perjuicio irreparable para su despacho. Y la respuesta mía fue la jurisprudencia que ha evaluado la necesidad de que se invoque la posibilidad de generar un perjuicio irreparable si la medida no se despacha, si el juez no le da una respuesta oportuna, el perjuicio es mayor que aquel que podría generar la propia medida.
-¿Otras inquietudes o interrogantes?
-Los efectos con que se conceden las medidas que se dan en los recursos de revisión, que son efectos no suspensivos, es decir que las medidas se cumple pese a que el órgano de revisión que es la Cámara de Apelaciones esté en estadio de revisión. No obstante la medida se ha cumplido, con el propósito de evitar de que el paso del tiempo perturbe el reconocimiento de ese derecho aunque sea un reconocimiento provisorio. La problemática central del Derecho Procesal está en el tiempo, el tiempo que demanda un proceso, es un tiempo que a veces atenta contra el propio derecho que se intenta reconocer a través del proceso, ese es el nudo “gordiano” de la cuestión.
.¿Qué le dice usted a los profesionales del derecho, a los jueces al hombre común sobre el tema?
-Sustancialmente les digo que en materia jurídica y sobre todo en materia procesal hay que agudizar el ingenio y la inventiva para lograr respuestas que el ciudadano común está demandando de la justicia y que si no se dan esas respuestas desemboca en la falta de credibilidad hacia los jueces, hacia el sistema judicial y aquello se va profundizando. Es decir, en este caso se da un fenómeno muy especial que es la falta de credibilidad de la gente en los sistemas judiciales y pese a eso la gran ocurrencia de la gente a los sistemas judiciales.
.¿Qué implica pues entonces esta situación?
.Que tanto abogados, como jueces, sepan responder con prudente energía, es decir que los jueces ejerciten su autoridad con una profunda cuota de prudencia y meditación, pero sin que eso signifique la postergación de la respuesta, es decir analizar la cuestión, resolver y dar una respuesta oportuna sin prolongaciones inútiles en el tiempo, pero que tampoco sean respuestas alocadas, que no trastruequen el sistema jurídico vigente. El juez tiene que actuar como “un león muy poderoso” pero enjaulado en las rejas de la Constitución y de la Ley.
* Entrevista lograda por el máster y licenciado Oscar Galeano con el Dr. Francisco Carlos Cecchini, Abogado y Juez y profesor de las 2 universidades de Derecho de Santa Fe, tanto de la Católica y del Litoral, en grado como de posgrado, en la ciudad de Santa Fe, Argentina.
Fuente: Departamento de Comunicaciones (Dcom)


